PROMESA
DE TOCINO, CUMPLIMIENTO DE NARBONA
El Congreso aprueba la Ley de
Responsabilidad Ambiental
Madrid.
27/06/2007. Noticias24horas.com/Raúl Casado/Efe. La norma ya fue
anunciada por la primera ministra de Medio Ambiente de la democracia, Isabel
Tocino, en 1996, pero ha sido Cristina Narbona la que la lleva
al BOE. El Congreso aprobó hoy la Ley de Responsabilidad Ambiental, un texto que hará
efectivo el principio básico de "quien contamina paga" y que obligará además
a reparar los daños que haya sufrido el medio ambiente y a devolver los recursos
naturales al estado original en que se encontraban antes del daño.
El proyecto de ley fue aprobado por la Comisión de Medio Ambiente con competencia
legislativa plena -no deberá ser debatido ni votado por el pleno de la Cámara antes de
su tramitación en el Senado-.
Para que las empresas dispongan de recursos económicos para hacer frente a su
responsabilidad, esta ley les exigirá una garantía financiera (como un seguro o un aval
bancario) que se irá introduciendo de forma gradual a partir del año 2010.
La ley prevé además crear un Fondo Estatal para reparar los daños
ambientales que se puedan producir en el dominio público estatal cuando no se pueda
aplicar la nueva legislación.
El causante del daño estará por obligado por la ley a repararlo y no podrá sustituirlo
por compensaciones económicas, y además tanto las acciones de prevención como las
destinadas a cubrir el daño causado se deberán ejecutar de forma inmediata y sin esperar
a recibir instrucciones o decisiones de las autoridades.
La ley, que transpone al ordenamiento jurídico español una directiva comunitaria que
estará en vigor el 30 de abril de 2007, pretende además reforzar el principio de
"prevención" para evitar que el daño llegue a producirse, y obligará a los
operadores de las actividades económicas y profesionales a adoptar medidas de
prevención.
Según los cálculos del Gobierno, la Ley afectará a más de 5.000 instalaciones
industriales, a unas 30.000 empresas de transporte de mercancías peligrosas, a casi un
millón de explotaciones agrarias, a las balsas mineras y a las actividades relacionadas
con la utilización y liberación de organismos modificados genéticamente.
Las actividades económicas y profesionales susceptibles de ocasionar daños
medioambientales son aquellas que por su naturaleza entrañan riesgos, aunque
sean potenciales, para el medio ambiente o para la salud humana.
En todos estos supuestos, la responsabilidad se exigirá sin necesidad de que concurra
culpa o negligencia en el operador, aunque en otro tipo de actividades será también
obligatorio reparar el daño que hayan causado sólo cuando se demuestre la culpa o la
negligencia.
La ley no se aplicará en el caso de riesgos que estén ya cubiertos por acuerdos
internacionales o legislaciones específicas como el transporte marítimo de hidrocarburos
o los riesgos de origen nuclear. Las sanciones a las empresas que incumplan la ley pueden
llegar hasta dos millones de euros y prevén también la suspensión de la licencia de
actividad.
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